El ayuntamiento de Gijón se plantea multar con 35.000 euros a la empresa de ayuda a domicilio
Aralia incumplió su obligación de pagar a cada trabajadora 600 euros si el número de quejas por el servicio no superaba el 3% de los usuarios
La junta rectora de la Fundación Municipal de Servicios Sociales se reunirá para decidir si sanciona con 35.257 euros a Aralia, la empresa prestataria del servicio de ayuda a domicilio, por incumplimiento de las cláusulas del contrato suscrito en junio del año pasado y que tiene una vigencia inicial de dos años y medio. Sus trabajadoras llevan tiempo pidiendo al Ayuntamiento que adopte medidas ante lo que consideran una vulneración de sus derechos laborales.
Esta reivindicación se ha hecho oír los últimos meses en cada sesión del Pleno municipal y que el miércoles reforzaron con una sentada en el paseo de Begoña coincidiendo con el debate entre ocho de los candidatos a la Alcaldía de Gijón celebrado en el Teatro Jovellanos. Algunas de ellas han denunciado ya por la vía judicial a la empresa, que hace unos días demandó a la propia fundación de Servicios Sociales por falsedad documental.
Son dos los campos de batalla relacionados con las obligaciones de la empresa en los que se intentará avanzar hoy en la junta rectora. El primero, el respeto a los 30 minutos de descanso a los que tienen derecho las trabajadoras de ayuda a domicilio cuya jornada diaria sea igual o superior a las seis horas. Se trata de una de las condiciones que se habían introducido en los pliegos del último concurso para intentar mejorar las condiciones de trabajo del personal, que con el contrato anterior únicamente tenía derecho a una pausa de 15 minutos.
En sendos informes emitidos en febrero y mayo, Aralia aseguraba estar cumpliendo con esos descansos de acuerdo con el criterio general que se aplica en el convenio colectivo. Varios sindicatos denunciaron esta interpretación que la empresa hacía de sus obligaciones ante el juzgado de lo Social número 2 de Gijón.
No obstante, el procedimiento quedó en suspenso para que la empresa solicitara a la Fundación Municipal de Servicios Sociales, como órgano contratante, una aclaración de cómo debía entenderse ella esa cláusula del contrato. La propuesta que la junta rectora tiene hoy sobre la mesa es aprobar como interpretación válida de ese punto que Aralia «debe conceder 30 minutos de descanso efectivo, sin que pueda coincidir con el inicio o final de la jornada y no encontrándose incluido en ese tiempo el de desplazamiento entre domicilios».
El segundo incumplimiento se refiere al compromiso de Aralia de abonar a todo el personal con jornada a tiempo completo un complemento semestral de 600 euros si el número de quejas por una mala prestación del servicio recibidas en ese periodo no supera el 3% de los usuarios. Teniendo en cuenta el número de servicios prestados en el primer semestre de vigencia del contrato, del 1 de julio al 31 de diciembre, el límite para dar por cumplida esa exigencia de calidad era según Servicios Sociales de 18 quejas. Tan solo se recibieron siete, y ninguna de ellas «imputable directamente a las trabajadoras que prestan el servicio».
Dado que no consta que la empresa haya efectuado el pago de esos 600 euros a cada una de las trabajadoras, va a la junta rectora una propuesta de acuerdo «para iniciar el expediente de imposición de una penalización» por incumplimiento de las condiciones de ejecución del contrato equivalente al 3% de la facturación del primer semestre, esto es, 35.257 euros.